CONDICIONES DE GARANTÍA
HOME TOUCH LTDA. proporcionará una garantía [1] legal al producto o artefacto objeto de esta póliza en caso que su defecto sea producido por deficiencias de materiales, partes, piezas, componentes que presenten defectos o fallas de fábrica no imputables al consumidor, o cualquier otra falla imputable al fabricante, de tres meses contados desde la recepción del producto más una “Garantía Voluntaria” de tres meses que comenzará a regir al término del plazo de garantía legal, en forma ininterrumpida y sucesiva. Esta garantía adicional extendida contempla única y exclusivamente la reparación del producto, siempre y cuando no haya sido intervenido por terceros y sus defectos estén comprendidos en la presente póliza.
EXCLUSIONES
La presente póliza no cubre:
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Daños por uso indebido, incompetente, negligente o imprudente; por usos distintos a los especificados por el fabricante o por causas ajenas a defectos de material o de armado.
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Daños por instalación inapropiada a la red de energía, reparación no autorizada, descuido, daños por transporte luego de la compra, falta de mantenimiento.
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Daños por robo, vandalismo, terremoto, congelamiento, efectos del calor, húmedad o similares, corrosión, contaminación de fluidos y/o cualquier situación de fuerza mayor o caso fortuito.
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Daños de todo tipo y/o cortes de cables, cintillos y/o cualquier tipo de quiebre en audífonos; quiebres de conector iPod, daños por derrames de líquido, golpes y cables dañados, golpes de corriente, manipulación de tonos, sobrecargas o cortocircuitos de parlantes de todos tipo y/o receivers.
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Se excluyen de la presente póliza los equipos cuyo número de serie haya sido alterado o destruido.
CONDICIONES SERVICIO TÉCNICO
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Home Touch Ltda. no se obligará a la reparación de equipos con antigüedad mayor de 5 años.
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Home Touch Ltda. se reserva el derecho de rechazar los artículos que no estén en condiciones de ser reparados o no esté disponible el repuesto correspondiente.
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El comprobante de recepción es al portador y contra su presentación se entregará/n el/los artículo/s.
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Home Touch Ltda. no se responsabiliza por el extravío de este comprobante.
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Queda convenido y expresamente aceptado por el cliente que la empresa no responderá por la mercancía en casos de pérdidas causadas por hechos fortuitos o de fuerza mayor.
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Todo equipo que ingrese a servicio técnico por garantía, le debe ser adjuntada la boleta o factura correspondiente. En caso de no presentarse la misma, la garantía no se hará efectiva.
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La cobertura de garantía queda sujeta a revisión del producto por parte del servicio técnico, quien verificará origen y naturaleza de la falla a fin de determinar si corresponde su cobertura.
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El plazo de respuesta de Servicio Técnico es de 10 días hábiles desde la suscripción del presente contrato de reparación; sujeto a la disponibilidad de partes, piezas o repuestos en stock a nivel nacional.
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Sin perjuicio de lo expuesto en el punto 6., las reparaciones deberán efectuarse en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción del producto.
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Si un equipo no es retirado por el cliente en un plazo de 30 días corridos a contar desde que se le comunicara que se encuentra a su disposición, se procederá al cobro de costos de bodegaje, que ascenderán a 0.03 UF diarias a partir del día 31 que el equipo permanezca sin ser retirado. Sólo una vez pagado íntegramente este costo, se podrá hacer efectivo el retiro del producto desde el Servicio Técnico.
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Los artículos entregados en reparación junto con la emisión del respectivo contrato de reparación que acredita la recepción y que no sean retirados dentro del plazo establecido en el art. 42º de la Ley 19.496 (1 año), se entenderán abandonadas por lo que se considerarán propiedad de la empresa, pudiendo ésta disponer del mismo según lo estime conveniente a sus intereses.
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La reparación tiene una garantía de 30 días hábiles a contar de la fecha de retiro de su equipo.
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El cliente, por el sólo hecho de ser portador de esta guía y conocer las cláusulas de este contrato, acepta sus condiciones.
[1] La presente garantía constituye la garantía mencionada en el inciso sexto del art. 21 de la Ley 19.486, por lo que para ejercer los derechos del art. 21 de la misma el consumidor deberá hacerla efectiva previamente.